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Defensor del Asegurado: artículos publicados en Titulares1a3

Nueva ley de tráfico

1El Asesr del Asegurad

 

Nueva Ley de Tráfico.

 

Mañana, nueva ley de tráfico

La norma establece un catálogo de conductas «muy graves» que serán castigadas con multas económicas y la retirada del permiso de circulación

C.C. COLPISA.MADRID   

Mañana, lunes 21 de enero, entrará en vigor la nueva Ley de Seguridad Vial. Se trata de una norma ambiciosa, que sustituye a la vieja Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial, aprobada en 1990. El texto endurece las sanciones contra algunos hábitos considerados muy peligrosos; prohíbe de forma expresa el uso del móvil al volante y establece un catálogo de infracciones «muy graves», que acarrearán sanciones de entre 302 y 602 euros -entre 50.000 y 100.000 pesetas- y la retirada automática del carnet de conducir durante tres meses. Quienes cometan tres faltas de este tipo en dos años, perderán de forma definitiva la licencia y sólo podrán recuperarla si se someten a un curso de «reciclaje y sensibilización».

Los expertos de la DGT dan la bienvenida a esta nueva norma, que consideran «buena» y necesaria. Entienden que los cambios ocurridos en la sociedad en la última década demandaban una actualización de la ley, para regular aspectos tan novedosos como la utilización al volante de instrumentos tecnológicos que, por falta de una normativa específica, se habían convertido en compañeros habituales de viaje para muchos conductores.

Es el caso de los teléfonos móviles, emisoras de radio o cualquier otro sistema de comunicación que obligue al conductor a emplear sus manos. Desde mañana están prohibidos, pues los expertos creen que causan una grave interferencia en el grado de atención que hay que prestar para circular. También queda prohibido, por razones de seguridad vial, instalar en los automóviles dispositivos antirradar o mecanismos para eludir la vigilancia de los agentes de Tráfico. Igualmente, la norma sanciona la emisión de señales a otros conductores con dicha finalidad.

Otro aspecto novedoso es la prohibición a los menores de 12 años de circular como pasajeros en ciclomotores por cualquier clase de vía. De forma excepcional, la norma permite esta circulación a partir de los 7 años, pero sólo sin los conductores son el padre, la madre, el tutor legal o una persona mayor de edad autorizada por ellos. Los niños deberán, en todo caso, utilizar casco y tener la estatura suficiente para llegar con sus pies a los estribos de apoyo.

Ciclistas

Otro aspecto novedoso es que los conductores de bicicletas podrán circular por los arcenes de las autovías, salvo en los momentos puntuales en que, por razones de seguridad, esta circulación se prohíba mediante señalización específica. Los ciclistas podrán circular en grupo, pero sus bicicletas tendrán que estar dotadas de elementos reflectantes. Si circulan de noche o cuando sea obligatorio el uso del alumbrado, deberán llevar puesta una prenda reflectante si circulan en carretera.

Los conductores deberán considerar a los grupos de ciclistas como una sola unidad a la hora de cederles el paso. Para adelantarles, será obligatorio ocupar parte o la totalidad del carril contrario. El adelantamiento podrá realizarse en tramos prohibidos cuando las condiciones permitan realizar la maniobra sin peligro.

Por último, la norma dice que cuando un menor de 18 años sea sancionado a causa de su mal comportamiento como peatón, usuario de vehículos, o conductor, la responsabilidad a la hora de pagar la multa recaerá en sus padres. Si se trata de infracciones leves, ésta también podrá sustituirse por medidas reeducadoras

Comentario del Asesor del Asegurado del Portal Oficial de la Limpieza.

 

Pues ya llegó la nueva Ley de Tráfico, que entra en vigor el 21/01/02

Se hace recomendable una actualización de las coberturas de sus vehículos, recuerde que estamos para asesorarles.

 

 

El Asesor del Asegurado de Titulares1a3.

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