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Defensor del Asegurado: artículos publicados en Titulares1a3

El Seguro de Dependencia

1El Defensr del Asegurad

 Esta semana:

El seguro de Dependencia

 

COMENTARIO DEL DEFENSOR DEL ASEGURADO de 1a3soluciones, El Portal de la Limpieza:

A partir de esta semana empezamos a dar información sobre los seguros de ahorro para la jubilación en sus distintas variedades motivado principalmente por el empiece de la campaña de la renta y debido al interés que siempre suscita todo este gran tema.

Sé por las preguntas que habéis enviado que es un tema que preocupa en gran manera ya que se trata de vuestro dinero y siempre puede quedar la duda de en donde invertirlo para que se recojan los mayores beneficios ya que de ello depende vuestro bienestar futuro y el de vuestra familia.

Como podéis comprobar estamos respondiendo lo mas rápidamente posible, esto es en menos de 48 horas. Para las consultas, dudas y opiniones recibidas sobre el tema de los seguros de ahorro ( planes de pensiones, jubilación, etc.) se darán prioridad debido a la campaña iniciada de la renta, que podáis tener una contestación “insitu” y lo más practica y clara posible.

 

Unespa propone el modelo fiscal de los fondos de pensiones para el seguro de dependencia
Fuente: Expansión Directo

La patronal aseguradora Unespa plantea a Economía un modelo tributario para el seguro de dependencia similar al que se aplica a los fondos de pensiones.

Las compañías quieren que las primas de estas pólizas tengan un límite de deducción en la base imponible equivalente a la mitad del que tienen las aportaciones a planes, es decir 600.000 pesetas anuales, más 50.000 pesetas adicionales por cada año que tenga el asegurado por encima de los 52 años.

El Gobierno quiere tener listo el diseño del seguro de dependencia a mediados del próximo año. En esta fecha prevé cerrar también las modificaciones legales necesarias para impulsar los fondos de pensiones, principalmente los de empresa. Ambas iniciativas irán en el mismo paquete, algo que desde el sector asegurador se ve con complacencia, aunque supone un retraso en el lanzamiento del seguro de dependencia, un producto destinado a cubrir las necesidades de las personas que dependen de otras para cubrir sus necesidades básicas.

Unespa propone que el esquema fiscal de estas pólizas sea similar al que disfrutan los planes de pensiones, el único producto que mantiene la deducción en cuota. Las aseguradoras han elaborado un detallado régimen fiscal que contempla todos los supuestos en los que se podrá contratar este producto y su correspondiente tributación. El documento, que será abordado en la asamblea que la patronal celebrará el próximo día 23, distingue entre las pólizas contratadas por personas que no son dependientes, y las suscritas por los ya dependientes o sus familiares, así como los seguros promovidos por las empresas.

Las primas pagadas por el asegurado en estas pólizas tendrán, según la propuesta de la patronal, una reducción máxima en la base imponible del IRPF de 600.000 pesetas anuales, que se podrán incrementar en 50.000 pesetas por cada año superior a los 52 que tenga el asegurado. Los fondos de pensiones tienen una deducción máxima de 1,2 millones de pesetas y 100.000, respectivamente. Unespa propone no aplicar el límite del 25% de los rendimientos netos del trabajo, que sí tienen las pensiones.

Las aportaciones que realice el cónyuge o familiar directo a favor de un asegurado dependiente o jubilado la reducción en la base imponible se eleva hasta 1.250.000 pesetas, igual que las que disfrutan las aportaciones de los familiares a planes de pensiones a favor de minusválidos.

Para las primas de los seguros empresariales de dependencia, la patronal propone que cuando no superen 120.000 pesetas - si sólo incluyen al trabajador- o 240.000 pesetas -sí son también para el cónyuge o familiares directos- sean deducibles en el impuesto de sociedades. Para el trabajador estos límites no tendrían consideración de rendimiento del trabajo, y para los autónomos será gasto deducible de sus rendimientos.

Prestaciones

Las prestaciones del seguro de dependencia se podrán cobrar, igual que las de fondos de pensiones, una sola vez en forma de capital, o periódicamente como renta. La casuística es muy variada, pero la norma general es de reducción del 40% si han pasado más de dos años desde la primera aportación.

El seguro de dependencia podrá suscribirse mediante una prima única o con aportaciones periódicas.