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Defensor del Asegurado: artículos publicados en Titulares1a3

La ley amplía la cobertura de los seguros

1El Defensr del Asegurad

 Esta semana:

La Ley amplia la cobertura de los seguros.

 

El Supremo dicta que los accidentes con coche propio dan derecho a indemnización


EL PAÍS | Madrid Jueves, 18 de octubre de 2001

Un conductor se salió de la carretera y murió. La Audiencia Provincial de Cuenca impuso que la madre de este conductor debía recibir una indemnización de 1,2 millones de pesetas, algo que recurrió ante el Tribunal Supremo la aseguradora del vehículo. Ayer, una sentencia de la sala primera de este tribunal rechazó la demanda de error judicial interpuesta por la aseguradora.

La compañía pretendía que el Alto Tribunal declarase que la sentencia dictada por la Audiencia Provincial incurría en un evidente error judicial al obligarla a indemnizar, en concepto de perjudicada, a la madre del fallecido de un accidente de tráfico, ocurrido por su única y exclusiva intervención. Y este supuesto, según la aseguradora, estaba excluido de la cobertura del seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria. Sin embargo, el Tribunal Supremo no ha admitido tal pretensión y ha condenado, además, al pago de las costas a la aseguradora, informó la organización Automovilistas Europeos Asociados (AEA).

Esta organización defiende que en caso de fallecimiento del conductor la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de Vehículos a Motor reconoce a los perjudicados (familiares del conductor fallecido) el derecho a ser indemnizados de acuerdo con el baremo legalmente establecido.

A juicio de AEA, esta última sentencia del Tribunal Supremo admite la posibilidad de que las aseguradoras deban indemnizar a las familias de conductores fallecidos en accidentes de tráfico en los que sólo interviene el propio vehículo asegurado.

 

Comentario del Defensor del Asegurado:

 

Es esta una noticia importante pues abre un cauce de nueva interpretación de la ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la circulación de Vehículos a motor, ya que las pólizas de seguros de vehículos recogen que la indemnización del conductor, en caso de invalidez o fallecimiento, debe de ser contratada en cobertura aparte a la de Responsabilidad Civil obligatoria y/o voluntaria y que por este concepto no tienen consideración de terceros los familiares directos. Por lo tanto la sentencia deja una vía de reclamación a favor de la familia directa del propio conductor y reconoce que el daño sufrido al conductor o su perdida afecta a la familia del mismo y como tal debe de ser indemnizada. Por consiguiente se ven afectadas todas las pólizas existentes tengan o no cobertura independiente hacia el conductor.

 

El Defensor del Asegurado de Titulares1a3.