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A riesgo variable, indemnización variable

1El Asesr del Asegurad

 Esta semana:

a riesgo variable, indemnización variable.

 

Martes 11 de diciembre de 2001

El aumento del riesgo rebaja la indemnización del seguro, según un fallo

Una empresa sufrió un incendio por almacenar paja

Redacción. Madrid.

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que establece que es de acuerdo a Derecho la rebaja de una indemnización en seguro de multirriesgo industrial por existir una agravación del riesgo. Esta sentencia se publica en la revista de jurisprudencia El Derecho.

La agravación del riesgo consistió en el almacenaje de pacas de paja en una nave industrial que contribuyeron a aumentar el riesgo de incendio (supuesto que estaba incluido en la póliza del seguro). La existencia de la paja en la nave ha posibilitado la reducción de la indemnización en principio acordada en caso de incendio. Los titulares de la póliza alegaban en el recurso de casación que no había lugar a la reducción de la indemnización porque la causa del incendio no fue la paja, sino que se originó en el ventilador de forma accidental y fortuita.

El tribunal, sin embargo, no considera que esta circunstancia pueda dejar sin efecto la rebaja, ya que ésta se basa en que la paja agravó el riesgo de incendio, aunque no fuera el origen del suceso.

En la sentencia se señala que los recurrentes "discuten si era una circunstancia que agravaba el riesgo y, ciertamente, no tiene sentido negar que la existencia de paja no agrave el riesgo de incendio; pero insiste especialmente en que en el presente caso no fue la causa principal de los daños y aquí se equivoca: no se plantea este tema de nexo causal, sino el de agravación de riesgo, y éste sí se produjo".

El Tribunal Supremo considera que la Audiencia Provincial acertó en su apreciación de rebajar la indemnización, ya que según se especifica en la resolución, "concuerda con la previsión que establecen dos artículos" de la ley de contrato de seguro. La Audiencia Provincial, apunta el Supremo, "no ha infringido norma alguna de interpretación del contrato, sino que ha considerado la existencia de paja una agravación del riesgo y ha aplicado la ley".

 

 

Comentario del Asesor del Asegurado:

 

Como pueden ver, el hecho te tener contratado un seguro no exime al contratante de tomar las precauciones necesarias para evitar el daño, y sí hace recomendable adaptar las condiciones del seguro a las circunstancias reales de cada momento.

Las empresas de servicios de limpieza tienen desde aquí un servicio de asesoramiento gratuito que puede facilitar la adecuación puntual de sus seguros a sus circunstancias reales, evitando así sorpresas tras siniestros que pueden dar al traste con una recuperación de lo perdido.

 

El Asesor del Asegurado de Titulares1a3.

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