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Defensor del Asegurado: artículos publicados en Titulares1a3
A riesgo variable, indemnización variable
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Esta semana: a riesgo variable, indemnización variable. |
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Martes
11 de diciembre de 2001 El
aumento del riesgo rebaja la indemnización del seguro, según un fallo
Una
empresa sufrió un incendio por almacenar paja Redacción.
Madrid. La
Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que
establece que es de acuerdo a Derecho la rebaja de una indemnización en
seguro de multirriesgo industrial por existir una agravación del
riesgo. Esta sentencia se publica en la revista de jurisprudencia El
Derecho. La
agravación del riesgo consistió en el almacenaje de pacas de paja en
una nave industrial que contribuyeron a aumentar el riesgo de incendio
(supuesto que estaba incluido en la póliza del seguro). La existencia
de la paja en la nave ha posibilitado la reducción de la indemnización
en principio acordada en caso de incendio. Los titulares de la póliza
alegaban en el recurso de casación que no había lugar a la reducción
de la indemnización porque la causa del incendio no fue la paja, sino
que se originó en el ventilador de forma accidental y fortuita. El
tribunal, sin embargo, no considera que esta circunstancia pueda dejar
sin efecto la rebaja, ya que ésta se basa en que la paja agravó el
riesgo de incendio, aunque no fuera el origen del suceso. En
la sentencia se señala que los recurrentes "discuten si era una
circunstancia que agravaba el riesgo y, ciertamente, no tiene sentido
negar que la existencia de paja no agrave el riesgo de incendio; pero
insiste especialmente en que en el presente caso no fue la causa
principal de los daños y aquí se equivoca: no se plantea este tema de
nexo causal, sino el de agravación de riesgo, y éste sí se
produjo". El
Tribunal Supremo considera que la Audiencia Provincial acertó en su
apreciación de rebajar la indemnización, ya que según se especifica
en la resolución, "concuerda con la previsión que establecen dos
artículos" de la ley de contrato de seguro. La Audiencia
Provincial, apunta el Supremo, "no ha infringido norma alguna de
interpretación del contrato, sino que ha considerado la existencia de
paja una agravación del riesgo y ha aplicado la ley". Comentario del Asesor
del Asegurado: Como pueden ver, el hecho te tener
contratado un seguro no exime al contratante de tomar las precauciones
necesarias para evitar el daño, y sí hace recomendable adaptar las
condiciones del seguro a las circunstancias reales de cada momento. Las empresas de servicios de limpieza
tienen desde aquí un servicio de asesoramiento gratuito que puede
facilitar la adecuación puntual de sus seguros a sus circunstancias
reales, evitando así sorpresas tras siniestros que pueden dar al traste
con una recuperación de lo perdido. |
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