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RAFAEL MORENO CáDIZ
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número Dos de Cádiz ha confirmado una sanción de 4.300 euros (700.000 pesetas) que la Dirección General de Trabajo y Seguridad Social impuso el pasado 30 de agosto de 2000 a la entidad del Banco de Santander Central Hispano por la comisión de dos infracciones graves y cuatro leves de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales por las malas condiciones higiénicas y sanitarias que detectó un inspector de trabajo durante una visita cursada a una de las sucursales de esta entidad.
Durante la citada visita, el inspector verificó que la planta primera del centro de trabajo, destinada a archivo de diferente documentación, presentaba en sus paredes importantes manchas de humedad que reflejaban «un estado deplorable de conservación de las mismas», localizándose en el habitáculo donde se archivan en cajas de cartón los movimientos bancarios dos grandes grietas en las paredes «que pueden poner en peligro la solidez y la resistencia de los elementos estructurales de la sala».
Medidas de seguridad
Como segunda infracción grave, el inspector constató que en la oficina había solamente un extractor de incendios descargado, de tres kilos, sin manguera ni difusor, «y por tanto prácticamente inservible».
Según establece en su sentencia el magistrado del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número Dos de Cádiz, «dado que la dependencia de oficina constituye una zona habitual de trabajo de los empleados, se deduce la creación de una riesgo grave para la salud de éstos ante la eventualidad de un posible incendio que pueda generarse o afectar a esa zona».
El magistrado es contundente en este sentido al afirmar que «la equipación contraincendios era a todas luces insuficiente, inefectiva e inadecuada para el fin al que se destina en la zona de oficina».
Infracciones leves
Además de estas dos infracciones graves, la Inspección de Trabajo detectó cuatro infracciones leves, que se resumen en un deficiente estado de limpieza, pintura y mantenimiento de la primera plaza del centro de trabajo en el momento en que se produjo la visita, presentando suciedad en los suelos, paredes y techos.
A pesar de que la visita del inspector tuvo lugar durante agosto de 2000, la larga tramitación burocrática en estos casos hizo que la entidad bancaria no recibiera la notificación de la sanción por parte del Ministerio de Trabajo hasta varios meses después, presentando el correspondiente recurso ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cádiz con fecha 18 de enero de 2002, pero el citado recurso ha sido desestimado ahora por el magistrado titular.
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