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35.- 24/Diciembre/2001: La ONU estudia las reglas de las intervenciones militares “humanitarias”

La ONU estudia las reglas de las intervenciones militares “humanitarias”

 

       Las intervenciones militares “con fines humanitarios” -un concepto considerado contradictorio por la mayoría de las ONG dedicadas a esas tareas- deben contar con una “causa justa”, ser llevadas a cabo con precauciones, estar autorizadas por una instancia competente y contar con directrices operativas claras. Así lo define un informe presentado el pasado 18 de diciembre, por la Comisión Internacional sobre la Intervención y Soberanía de los Estados (CIISE) al secretario general de la ONU, Kofi Annan.

El documento de ese órgano -creado en septiembre de 2000 a iniciativa del Gobierno canadiense en respuesta a una petición de Annan- explica lo que entiende por “causa justa” para una intervención. Puede tratarse de un escenario en el que se produzca “una depuración étnica a gran escala, real o previsible, llevada a cabo mediante el asesinato, la expulsión forzosa, el terror o la violación”.

En un sentido más amplio, puede considerarse una “causa justa” cuando se produzcan “grandes pérdidas de vidas humanas, reales o previsibles, con o sin intención genocida, que sean consecuencia de la acción deliberada de un Estado, de su negligencia o incapacidad de actuar”.


Los problemas de legitimidad que pueden generar estas intervenciones queda veladamente puesto de manifiesto cuando el documento aborda quién es una autoridad competente para autorizarlas. En principio nombra al Consejo de Seguridad de la ONU pero, al mismo tiempo, pide a los cinco miembros permanentes de ese organismo -EEUU, Rusia, China, Reino Unido y Francia- que renuncien a su derecho de vetar decisiones cuando éstas no comprometan sus intereses vitales.

 
En caso de que el Consejo no se pronuncie sobre una cuestión, la CIISE propone que lo haga la Asamblea General de la ONU o un organismo regional que solicite “a posteriori” la autorización del Consejo.

 

El documento explica además las “precauciones” que han de tomarse a la hora de intervenir. Primero, procurar que la intención sea “correcta”, es decir, que el objetivo sea detener o evitar el sufrimiento humano. Es necesario que se adopte como “último recurso”, que los medios sean “proporcionales” o que la escala y duración de la intervención sea la mínima posible, y que existan “posibilidades razonables” de reducir el sufrimiento humano para que el remedio no sea peor que la enfermedad.


Para la Comisión, el principio básico en las intervenciones humanitarias es que la soberanía de un Estado conlleva responsabilidades, entre ellas la protección de su población, aunque si esa población está sufriendo gravemente como resultado de una guerra civil, una insurrección, represión ejercida por el Estado o el colapso de sus estructuras, y ese Estado no quiere o no puede poner remedio a los sufrimientos, la responsabilidad internacional de proteger tendrá prioridad sobre el principio de no intervención.


Para el experto del Instituto de Estudios sobre Conflictos y Acción Humanitaria Jesús Núñez, “existe un claro intento de apropiación del discurso humanitario por otros actores, sobre todo los Estados y las Fuerzas Armadas. No se trata de que las ONG monopolicen el término sino que es en realidad el fracaso en la prevención de los conflictos lo que lleva a los Estados a la tentación de actuar luego en lo humanitario”. Para ONG como Médicos Sin Fronteras, ese tipo de intervenciones vulnera principios básicos de la acción humanitaria como la independencia y la neutralidad.


Tras la presentación del documento, titulado “la responsabilidad de proteger”, Annan explicó que “clarifica varios aspectos clave”. El informe recomienda a la Asamblea General que adopte una resolución que recoja los principios citados en él.


 

 

 

Y que sea una Feliz Navidad para todos.

 

 

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