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La
ONU estudia las reglas de las intervenciones militares
“humanitarias”
Las intervenciones militares “con fines humanitarios” -un
concepto considerado contradictorio por la mayoría de las ONG dedicadas
a esas tareas- deben contar con una “causa justa”, ser llevadas a
cabo con precauciones, estar autorizadas por una instancia competente y
contar con directrices operativas claras. Así lo define un informe
presentado el pasado 18 de diciembre, por la Comisión Internacional
sobre la Intervención y Soberanía de los Estados (CIISE) al secretario
general de la ONU, Kofi Annan.
El documento de ese órgano -creado en septiembre de 2000 a iniciativa
del Gobierno canadiense en respuesta a una petición de Annan- explica
lo que entiende por “causa justa” para una intervención. Puede
tratarse de un escenario en el que se produzca “una depuración étnica
a gran escala, real o previsible, llevada a cabo mediante el asesinato,
la expulsión forzosa, el terror o la violación”.
En un sentido más amplio, puede considerarse una “causa justa”
cuando se produzcan “grandes pérdidas de vidas humanas, reales o
previsibles, con o sin intención genocida, que sean consecuencia de la
acción deliberada de un Estado, de su negligencia o incapacidad de
actuar”.
Los problemas de legitimidad que pueden generar estas intervenciones
queda veladamente puesto de manifiesto cuando el documento aborda quién
es una autoridad competente para autorizarlas. En principio nombra al
Consejo de Seguridad de la ONU pero, al mismo tiempo, pide a los cinco
miembros permanentes de ese organismo -EEUU, Rusia, China, Reino Unido y
Francia- que renuncien a su derecho de vetar decisiones cuando éstas no
comprometan sus intereses vitales.
En caso de que el Consejo no se pronuncie sobre una cuestión, la CIISE
propone que lo haga la Asamblea General de la ONU o un organismo
regional que solicite “a posteriori” la autorización del Consejo.
El
documento explica además las “precauciones” que han de tomarse a la
hora de intervenir. Primero, procurar que la intención sea
“correcta”, es decir, que el objetivo sea detener o evitar el
sufrimiento humano. Es necesario que se adopte como “último
recurso”, que los medios sean “proporcionales” o que la escala y
duración de la intervención sea la mínima posible, y que existan
“posibilidades razonables” de reducir el sufrimiento humano para que
el remedio no sea peor que la enfermedad.
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Para la Comisión, el principio básico en las
intervenciones humanitarias es que la soberanía de un Estado conlleva
responsabilidades, entre ellas la protección de su población, aunque
si esa población está sufriendo gravemente como resultado de una
guerra civil, una insurrección, represión ejercida por el Estado o el
colapso de sus estructuras, y ese Estado no quiere o no puede poner
remedio a los sufrimientos, la responsabilidad internacional de proteger
tendrá prioridad sobre el principio de no intervención.
Para el experto del Instituto de Estudios sobre Conflictos y Acción
Humanitaria Jesús Núñez, “existe un claro intento de apropiación
del discurso humanitario por otros actores, sobre todo los Estados y las
Fuerzas Armadas. No se trata de que las ONG monopolicen el término sino
que es en realidad el fracaso en la prevención de los conflictos lo que
lleva a los Estados a la tentación de actuar luego en lo
humanitario”. Para ONG como Médicos Sin Fronteras, ese tipo de
intervenciones vulnera principios básicos de la acción humanitaria
como la independencia y la neutralidad.
Tras la presentación del documento,
titulado “la responsabilidad de proteger”, Annan explicó que
“clarifica varios aspectos clave”. El informe recomienda a la
Asamblea General que adopte una resolución que recoja los principios
citados en él.
Y
que sea una Feliz Navidad para todos.
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