|
|
Recomendaciones ante el cambio de Contrata
El procedimiento a seguir por la Empresa contratante, una vez decidido
el cambio de la contrata, sería el siguiente:
1) -Preaviso fehaciente a la empresa saliente del hecho, con fecha de
terminación (normalmente se suele hacer en un mínimo de tres días y un
máximo de 30) con independencia de la fecha pactada de finalización en el
supuesto de desacuerdo en la prestación del servicio .
2) -Notificación de nuevos adjudicatarios del servicio a la Empresa entrante, con mención de fecha de inicio de los trabajos, al objeto de que ésta se ponga en contacto con la saliente y pueda así solicitar la documentación de los trabajadores adscritos al centro que fuesen susceptibles de subrogación .
Nota: en este momento del cambio pueden surgir problemas en el caso de que los trabajadores tuviesen reconocidos derechos de antigüedad, nocturnidad, mejoras voluntarias o similares. También pueden aparecer trabajadores adscritos al centro de baja por ITL. Estos puntos pueden variar las condiciones económicas ofertadas. Es recomendable solicitar al proveedor saliente un listado de trabajadores del centro donde consten esos datos y facilitárselos a la empresa entrante al objeto de que se puedan valorar con criterios de racionalidad estos y otros parámetros como las reducciones de plantillas en su proposición económica definitiva.