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Artículo "ESPECIAL: LOS PLAGUICIDAS EN EL MEDIO LABORAL" publicado el 24/06/02 en el nº 71 de Titulares1a3.
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Esta semana: ESPECIAL: LOS PLAGUICIDAS EN EL MEDIO LABORAL |
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ESPECIAL: LOS PLAGUICIDAS EN EL MEDIO LABORAL Del
web BDN Training. Joan Pons i Porta Según
un informe elaborado conjuntamente por la Organización de las Naciones
Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y la Organización
Mundial de la Salud (OMS), concluye que sólo un 30% de los productos
comercializados en países en desarrollo cumplen las normativas de
calidad lo que representa una amenaza para los seres humanos y para el
medio ambiente. Este
informe sobre la problemática en países en vías de desarrollo no debe
hacernos pensar que en nuestro medio este problema no existe. Si bien es
cierto que en determinados aspectos se ha mejorado, en otros se actúa
con total ignorancia. Se
entiende como plaguicida, cualquier producto químico empleado para
combatir las plagas que dañan las cosechas o causan enfermedades. Estos
productos actúan interfiriendo el ciclo vital del ser vivo causante de
la plaga, produciendo su muerte. La
principal problemática de estos compuestos es su toxicidad inespecífica,
que puede actuar dañinamente contra el medio ambiente y los seres vivos
que puedan estar en contacto con ellos, ya sean animales que no son
objeto del tratamiento plaguicida o personas. Al
hablar de la toxicidad para las personas, se debe tener en cuenta tanto
las que lo manipulan de forma habitual en su trabajo, como las que
puedan estar directa o indirectamente en contacto con la sustancia tóxica.
Las manifestaciones de esta toxicidad en los seres humanos pueden ir
desde la enfermedad hasta la muerte. Para
que el plaguicida afecte al ser humano, ha de penetrar en el organismo.
Las principales vías de entrada son la piel, el aparato respiratorio y
el aparato digestivo. La
vía dérmica suele ser la más frecuente. El producto puede entrar en
contacto con la piel a consecuencia de salpicaduras durante la
manipulación, uso de ropas contaminadas, limpieza o manipulación de
equipos que contengan plaguicidas sin llevar los elementos de protección,
rociamiento accidental, etc. Esta vía de entrada se ve potenciada
cuando la temperatura ambiente es alta, cuando la piel está húmeda,
cuando hay heridas, etc. El
plaguicida puede entrar por la vía respiratoria en las operaciones de
mezcla o preparación, durante el rociamiento, al penetrar en una zona
tratada antes de que el polvo se deposite o el líquido se seque, etc. Para
el control de estas exposiciones existe un Protocolo de Vigilancia
Sanitaria editado por el Ministerio de Sanidad y Consumo, como
consecuencia del trabajo desarrollado por Consejo Interterritorial del
Sistema Nacional de Salud. Este protocolo sirve para realizar una
valoración del efecto biológico causado por la exposición a
plaguicidas. El
protocolo se ha diseñado pensando en aquellos trabajadores que, de una
forma reiterada, están en contacto con el plaguicida. Su objetivo es
prevenir las lesiones en el organismo, pero no hay que olvidar que para
aplicar una correcta política preventiva hay que actuar desde otros
frentes, los cuales se comentan a continuación de manera resumida. -
Es necesario que todos los productos estén envasados y etiquetados de
acuerdo con la normativa vigente y que se facilite la ficha de seguridad
a los usuarios del producto. El usuario tiene el deber de exigirlo y el
fabricante, importador o suministrador la obligación de facilitarlo. -
Paralelamente a esta medida, se ha de facilitar una formación específica
para los trabajadores que manipulan estos productos. -
Todo ello no ha de hacer olvidar el principio básico de la prevención,
de eliminar el riesgo en su origen. Esta estrategia preventiva no
consiste tanto en la sustitución del plaguicida como en el
planteamiento de alternativas para su uso, teniendo presente que todo
aquel plaguicida que resulte peligroso para la salud ha de ser
eliminado. -
Las alternativas irían encaminadas hacia una lucha integrada de las
plagas con el objetivo de mantenerlas en unos niveles no peligrosos para
el cultivo, integrando métodos de lucha biológica, genéticos, físicos,
prácticas agrícolas, etc., limitando de esta manera la utilización de
productos químicos en la lucha contra aquellas. Como
ya se ha comentado, lo expuesto es de aplicación, esencialmente, para
las personas expuestas de manera crónica a los plaguicidas. Hay que
tener en cuenta sin embargo, que existe otro grupo de personas que
sufren exposiciones accidentales, quizás más importante en cuanto al número
de personas, pero menos llamativo en cuanto a sus síntomas clínicos. Estos
acontecimientos puntuales se suelen dar en centros de trabajo, escuelas,
hospitales, archivos, etc. tras la aplicación de tratamientos DDD (Disensectación,
Desinfección y Desratización.). Hay que tener presente que en los
lugares donde se requiere más limpieza, más frecuentes son estos
casos. Desde
el punto de vista médico, estos episodios son de difícil diagnóstico
ya que la sintomatología es muy difusa e inespecífica. Su diagnóstico,
si no se conoce el antecedente de tratamiento previo del local, es de
sospecha. En la actualidad existen cuestionarios encaminados al diagnóstico
de estos episodios en función de determinados síntomas guía. En
estos casos, lo mejor es la prevención de aquellas posibles situaciones
de riesgo. Para ello es interesante recordar las recomendaciones de la
Conselleria de Sanitat de la Generalitat de Catalunya. 1.
La empresa que realice el tratamiento ha de informar, por escrito, sobre
el tratamiento que realizará, el nombre comercial del plaguicida a
utilizar, el número de registro del plaguicida, la técnica de aplicación,
las zonas donde se realizará, las zonas que puedan verse afectadas por
el tratamiento, las medidas de precaución y seguridad que se adoptaran
antes, durante y después del tratamiento por la empresa aplicadora y
por el responsable del local, término de seguridad (periodo de tiempo
que debe transcurrir antes de iniciar la ocupación de la zona
afectada), fecha de aplicación, hora de inicio y hora de finalización,
y nombre del responsable y de las personas que aplicarán el
procedimiento. 2.
Como responsable del local, se ha de tener esta información antes de
realizar el tratamiento y con la suficiente antelación para poder tomar
las oportunas medidas de seguridad. 3.
Las aplicaciones de plaguicidas no pueden hacerse en presencia de
personas ajenas a la entidad que realiza el tratamiento. Para
asegurar que no haya personas y que se cumple el término de seguridad,
se ha de precintar las zonas que puedan quedar afectadas, se ha de
procurar tomar las medidas necesarias para cerrar los sistemas de
ventilación y climatización y los posibles puntos de conexión con
otras zonas. Es aconsejable colocar rótulos que indiquen las horas
durante las cuales nadie puede entrar. Transcurrido
el tiempo de seguridad, hay que ventilar las zonas que hayan podido
quedar afectadas. Pero,
¿qué
mejor prevención en estos locales que no llegar a la situación de
tener que realizar un tratamiento DDD?, para ello es necesario realizar
una correcta aplicación de las medidas de orden y limpieza en el centro
de trabajo, medidas estructurales (eliminar moquetas de despachos,
correcta ventilación, etc.)… Como se ve, el problema de los plaguicidas no se circunscribe solamente a los trabajos agrícolas. En diferentes centros de trabajo se pueden producir intoxicaciones accidentales y es labor del prevencionista y del responsable del centro de trabajo aplicar las medidas preventivas necesarias |
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