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Indica que debe extenderse también a la empresa la responsabilidad por acoso sexual de empleados que ejerzan funciones de dirección
SANTANDER, 16 Abr. (EUROPA PRESS) -
La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), ha desestimado el recurso interpuesto por la empresa Limpiezas Santander SA contra la resolución dictada por la entonces Consejería de Industria, Turismo, Trabajo y Comunicaciones del Gobierno de Cantabria de 8 de mayo de 2003, sobre un expediente de sanción por acoso sexual laboral.
Según la información facilitada hoy por CC.OO., los hechos denunciados y que fueron objeto de este recurso que ahora ha desestimado el TSJC, se remontan al año 2000, cuando una trabajadora presentó una denuncia contra el encargado de la empresa para la que trabajaba entre, otros motivos, por un delito continuado de acoso sexual.
Esta denuncia motivó que la Audiencia Provincial de Cantabria condenara en primera instancia al demandado en marzo de 2000.
Con independencia de esta sentencia penal, la Secretaría de la Mujer de CC.OO promovió ante la Inspección de Trabajo una denuncia contra la citada empresa en la que solicitaba que los hechos fueran calificados como infracción laboral muy grave, denuncia que fue estimada por la Dirección General de Trabajo en diciembre de 2002.
EXTENSION DE LA RESPONSABILIDAD
Para la secretaria de la Mujer de CC OO, Yolanda Castillo, la sentencia del TSJC, de fecha del pasado 23 de marzo y que es firme, confirma la tesis mantenida tanto por la Inspección de Trabajo como por el sindicato, en el sentido de considerar "que debe extenderse la responsabilidad a la empresa por los actos de acoso sexual que cometan empleados que ejercen funciones de dirección o bien actúan dentro de dicho ámbito".
Castillo explicó que, como expone la sentencia, "la responsabilidad resulta imputable al empresario, bien porque realiza directamente los actos, bien porque los realiza alguna persona que se encuentra bajo su poder de dirección, responsabilidad que se basa en la culpa in vigilando".
En ese sentido, la secretaria de la Mujer de CC.OO recuerda que el acoso sexual, "tanto ambiental como el chantaje", constituyen "un accidente de trabajo", por lo que las empresas "habrán de tenerlo en cuenta e incluir en sus evaluaciones de riesgos laborales un procedimiento interno para abordar las denuncias de acoso sexual que se produzcan en sus centros de trabajo", concluyó.
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